Sin límite. No obstante, al aprobarse dicho cambio, quedó pendiente de determinar si se establecería alguna limitación en cuanto a las cantidades que podrían retirarse cada año. Apunte. Pues bien, recientemente ha sido aprobada la norma que regula dicho aspecto, y se ha establecido que el cobro de derechos consolidados no tendrá límite alguno. Así pues, usted tendrá plena libertad para recuperar dichas aportaciones: podrá hacerlo de golpe en un mismo ejercicio, en varios años, cobrar una parte en un ejercicio y dejar el resto para la jubilación...
Planificación de los cobros. Si a partir de 2025 decide recuperar las aportaciones de más de diez años, planifique su cobro para tributar menos. Apunte. Por ejemplo, si en dicho momento puede cobrar unos derechos consolidados de 30.000 euros y sus rentas netas son de sólo 25.000 euros anuales, le interesará más cobrarlos en tres años, en lugar de hacerlo de golpe en 2025:
Año
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Cobro único
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Cobro en tres años
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Base IRPF
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Cuota IRPF (1)
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Base IRPF
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Cuota IRPF (1)
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2025
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65.000
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19.097
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35.000
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7.611
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2026
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25.000
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4.611
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35.000
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7.611
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2027
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25.000
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4.611
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35.000
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7.611
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Cuota total
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28.319
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22.833
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Considerando las tarifas actualmente vigentes.
Podrá recuperar las aportaciones de más de diez años de antigüedad como le convenga: en cobro único, en varios años o cobrando sólo una parte.