Reducción temporal. Con el objetivo de mitigar los efectos de la crisis económica, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023 se redujeron de forma temporal los tipos de IVA de determinados alimentos:
- Por un lado, se redujo del 10 al 5% el IVA aplicable a los aceites de oliva y de semillas y a las pastas alimenticias.
- Asimismo, se redujo del 4 al 0% el IVA de alimentos de primera necesidad (pan, harina, queso, huevos, frutas, verduras, cereales...).
Prórroga hasta fin de año. Pues bien, dicha reducción de tipos se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023 . ¡Atención! No obstante, esto queda supeditado a que la tasa interanual de inflación subyacente de septiembre de 2023 –que se publicará en octubre– sea igual o superior al 5,5%. Si es inferior al 5,5%, los nuevos tipos reducidos sólo estarán vigentes hasta el 31 de octubre de 2023.
La reducción temporal de los tipos de IVA sobre determinados alimentos se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023.
Fuente: LEFEBVRE


