Situación: una empresa que ha crecido a base de adquisiciones. Pero éstas se han realizado de forma heterogénea: en ocasiones a través de filiales, en ocasiones manteniendo los anteriores socios un porcentaje de participación... ¡Atención! Total, que ahora se encuentra con un entramado societario complicado y con numerosas participaciones cruzadas.
Dividendos y plusvalías
Exención. En casos como el indicado pueden producirse costes fiscales por los dividendos y plusvalías generadas por las participadas. Apunte. Recuerde, en este sentido, que dichos dividendos y plusvalías están exentos si se cumplen los siguientes requisitos:
- Que el porcentaje de participación directa o indirecta sea de al menos el 5%.
- Que dicha participación se haya mantenido de manera ininterrumpida durante el año anterior a la exigibilidad del beneficio recibido (o que se mantenga posteriormente durante el tiempo necesario para completar dicho plazo).
Ejemplo. Si no se cumple alguno de estos dos requisitos, los dividendos y las plusvalías tributan íntegramente, sin opción a mitigar dicho impacto fiscal. ¡Atención! Ése será el caso, por ejemplo, de un entramado societario como el siguiente:
Coste fiscal. Con este esquema, la Sociedad A tiene una participación indirecta en la Sociedad D del 8%. ¡Atención! Pero los dividendos o las plusvalías que “suban” desde ésta tributarán íntegramente, ya que las sociedades B y C (que son las que participan directamente en D) no ostentan la participación mínima del 5% requerida para poder aplicar la exención. ¡Por cada 1.000 euros de dividendo o plusvalía, Hacienda se quedará 250!
Alternativa
Reestructuración. Analice las participaciones y compruebe si puede plantear alguna fusión que simplifique el entramado societario y evite este coste fiscal. Apunte. Recuerde que en estas operaciones el régimen de neutralidad fiscal se aplica automáticamente, salvo que se renuncie a él en la comunicación que debe realizarse a Hacienda.
Consolidación. No obstante, la fusión será complicada si existen otros socios (especialmente si son distintos para cada una de las participadas y tienen porcentajes diversos), ya que deberá negociar con ellos el porcentaje que adquirirán en la sociedad absorbente. Apunte. Como alternativa, verifique si puede aplicar el régimen de consolidación fiscal:
- Con el esquema societario antes indicado, este régimen sería aplicable a las sociedades A, B y C, que formarían un grupo fiscal.
- Y a efectos de aplicar la exención por dividendos y plusvalías, los requisitos de porcentaje de participación y tiempo de permanencia se deben cumplir a nivel de grupo. Por tanto, como el grupo participa en D con un porcentaje igual o superior al 5%, los dividendos y plusvalías recibidos por B y C disfrutarán de la exención.
Evite “cadenas” de participaciones en las que alguna sociedad intermedia no alcance el 5% del capital. Si ya se encuentra en esta situación, una fusión o el régimen de consolidación permitirían aplicar la exención por dividendos.


